El experto ayuda al cliente a navegar por las últimas normas Incoterms.

Comprenda las últimas normas Incoterms para un comercio internacional sin fisuras.

Experiencia y conocimientos para ayudarle a navegar por las normas relativas a la venta de mercancías en todo el mundo.


La compra y venta de mercancías en el sistema de comercio internacional puede resultar a menudo complicada, ya que es necesario determinar las responsabilidades, los costes y los riesgos de todas las partes.

Para ayudarle en sus operaciones de importación y exportación, la Cámara de Comercio Internacional (CCI) introdujo los Términos Comerciales Internacionales (Incoterms®), que actúan como los términos comerciales esenciales a nivel mundial para la venta de mercancías. Ya sea que esté completando una orden de compra, empaquetando y etiquetando un envío o preparando un certificado de origen, estas normas se han convertido en parte de nuestro lenguaje comercial cotidiano y están ahí para guiarle.

Desde que se publicaron por primera vez en 1936, la CCI las ha mantenido y desarrollado. Con el fin de ayudar a las empresas a prepararse para el próximo siglo de comercio mundial, la última edición, Incoterms® 2020, entró en vigor el 1 de enero de 2020 y debe servir de referencia en el futuro.

Las reglas Incoterms® incluyen una serie de términos comerciales de tres letras que tienen significados muy precisos para la venta de mercancías en todo el mundo.

Descargar Incoterms® 2020

Normas para cualquier modo o modos de transporte:


A menudo utilizado al realizar un presupuesto inicial para la venta de mercancías sin incluir ningún coste, EXW significa que el vendedor pone las mercancías a disposición en sus instalaciones o en otro lugar designado (fábrica, almacén, etc.). El vendedor no tiene que cargar las mercancías en ningún vehículo de recogida ni despacharlas para la exportación.

FCA puede tener dos significados diferentes, cada uno con distintos niveles de riesgo y coste para el comprador y el vendedor. FCA (a) se utiliza cuando el vendedor entrega las mercancías, despachadas para la exportación, en un lugar determinado, que es su propio local. FCA (b) se utiliza cuando el vendedor entrega las mercancías, despachadas para la exportación, en un lugar determinado que no es su local. En ambos casos, las mercancías pueden entregarse a un transportista designado por el comprador o a otra parte designada por el comprador.

En el marco del CPT, el vendedor paga el transporte de las mercancías hasta el lugar de destino designado.

Al igual que en el CPT, el vendedor está obligado a contratar un seguro mínimo para las mercancías mientras están en tránsito.

Se considera que el vendedor ha realizado la entrega cuando las mercancías se ponen a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada y están listas para su descarga en el lugar de destino designado. Según las condiciones DAP, el vendedor debe gestionar todos los riesgos relacionados con el transporte de las mercancías.

Este Incoterm exige que el vendedor entregue la mercancía, descargada, en el lugar designado. El vendedor cubre todos los gastos de transporte (tasas de exportación, transporte, descarga del transportista principal en el puerto de destino y tasas del puerto de destino) y asume todos los riesgos hasta la llegada al lugar de destino.

El vendedor es responsable de entregar la mercancía en el lugar indicado en el país del comprador y paga todos los gastos de transporte hasta el destino, incluidos los derechos e impuestos de importación. El vendedor no es responsable de la descarga.

Normas para el transporte marítimo y por vías navegables interiores:


El vendedor realiza la entrega cuando las mercancías se colocan junto al buque (por ejemplo, en un muelle o una barcaza) designado por el comprador en el puerto de embarque indicado. El riesgo de pérdida o daño de las mercancías se transfiere cuando estas se encuentran junto al buque, y el comprador asume la responsabilidad de todos los costes a partir de ese momento.

El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque indicado o se encarga de que la mercancía ya entregada sea transportada. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere cuando esta se encuentra a bordo del buque, y el comprador asume la responsabilidad de todos los costes a partir de ese momento.

El vendedor entrega las mercancías a bordo del buque. El riesgo de pérdida o daño de las mercancías se transfiere cuando estas se encuentran a bordo del buque. El vendedor debe contratar y pagar los gastos y el flete necesarios para llevar las mercancías al puerto de destino designado.

Lo mismo ocurre con el CFR, con la salvedad de que el vendedor también debe obtener una cobertura mínima de seguro contra el riesgo de pérdida o daño de las mercancías durante el transporte por parte del comprador.

Diferencias entre Incoterms® 2010 y 2020:


  • Los Incoterms® FCA (Free Carrier) ofrecen ahora la opción adicional de realizar una anotación a bordo en el conocimiento de embarque antes de cargar las mercancías en un buque.

  • Los costes ahora aparecen centralizados en A9/B9 de cada regla Incoterms®.

  • El CIP ahora exige como mínimo un seguro con la cobertura mínima de la Cláusula de Carga del Instituto (A) (Todo riesgo, sujeto a exclusiones detalladas).

  • El CIF exige como mínimo un seguro con la cobertura mínima de la Cláusula de Carga del Instituto (C) (número de riesgos enumerados, sujetos a exclusiones detalladas).

  • Las reglas Incoterms® Franco transportista (FCA), Entregado en el lugar (DAP), Entregado en el lugar descargado (DPU) y Entregado derechos pagados (DDP) ahora tienen en cuenta que las mercancías pueden transportarse sin recurrir a un transportista externo, es decir, utilizando sus propios medios de transporte.

  • La regla «Entregado en terminal» (DAT) se ha cambiado a «Entregado en lugar descargado» (DPU) para aclarar que el lugar de destino puede ser cualquier lugar y no solo una «terminal».”.

  • Los Incoterms® 2020 ahora transfieren explícitamente la responsabilidad de los requisitos relacionados con la seguridad y los costes adicionales al vendedor.

Información útil


Los Incoterms® no constituyen un contrato de venta completo, sino que forman parte del mismo. Para su aplicación, se debe utilizar la siguiente estructura:

“[«[La regla Incoterm® elegida] [Puerto, lugar o punto designado] Incoterms® 2020»”

Ejemplo: «CIF Shanghái Incoterms® 2020» o «DAP 10 Downing Street, Londres, Gran Bretaña Incoterms® 2020».“

Si no se indica el año en los Incoterms®, se aplicará lo siguiente:
Hasta el 31 de diciembre de 2019 se aplican los Incoterms® 2010.
A partir del 1 de enero de 2020 se aplicarán los Incoterms® 2020.

Si se indica un año diferente, por ejemplo, Incoterms® 1980, se aplicarán los términos correspondientes.

Para obtener más información, consulte el sitio web oficial de la CPI: https://iccwbo.org.

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